Lección 4 de 10 · 12 min de lectura · Revisado el 26/10/2026
Obligaciones: declaración, mecanismo de comunicación, unidad responsable e informes
Cumplir el RD 1112/2018 (PDF, se abre en una ventana nueva) no consiste solo en tener una web accesible. La norma impone un conjunto de obligaciones organizativas y de transparencia que, en la práctica, son lo primero que comprueba cualquier auditoría o seguimiento: que exista una declaración de accesibilidad correcta, un mecanismo de comunicación que funcione, una unidad responsable identificada y un ciclo de revisión e informes. Esta lección las explica una a una con el detalle necesario para implantarlas o auditarlas.
El requisito de fondo: accesibilidad conforme a la EN 301 549
El RD exige que los sitios web y las aplicaciones móviles cumplan los requisitos de la norma UNE-EN 301549 (PDF, se abre en una ventana nueva) vigente, lo que equivale en la práctica a la EN 301 549 v3.2.1 (WCAG 2.1 nivel AA para contenido web, más los requisitos de otros capítulos que apliquen). Esta obligación se mantiene en el tiempo: cada contenido nuevo, cada rediseño, cada documento publicado debe seguir cumpliendo. Por eso el RD rodea el requisito técnico de obligaciones de gestión.
La declaración de accesibilidad
Cada sitio web y cada aplicación móvil debe contar con una declaración de accesibilidad detallada, exhaustiva y clara, publicada en formato accesible y conforme al modelo de la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1523 (PDF, se abre en una ventana nueva). En España, la Administración General del Estado publica un modelo adaptado que la mayoría de entidades reutiliza. Su contenido obligatorio comprende:
- Situación de cumplimiento: plenamente conforme, parcialmente conforme o no conforme con el RD 1112/2018.
- Contenido no accesible, en tres bloques: incumplimientos del RD (con mención de los requisitos afectados), contenido sujeto a carga desproporcionada (con la justificación) y contenido fuera del ámbito de aplicación (con la exclusión que se invoca).
- Preparación de la declaración: fecha, método empleado (autoevaluación o evaluación por terceros) y fecha de la última revisión.
- Observaciones y datos de contacto: cómo hacer comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad, solicitudes de información accesible y quejas, con enlaces al mecanismo.
- Procedimiento de aplicación: cómo presentar una reclamación si la respuesta no es satisfactoria, y ante quién.
- Contenido opcional: medidas que la entidad adopta para mejorar la accesibilidad, compatibilidad con navegadores y tecnologías de apoyo, atajos.
La declaración debe ser fácil de encontrar: el RD exige que se pueda acceder a ella desde todas las páginas del sitio mediante un enlace denominado «Accesibilidad» o equivalente (artículo 15), que en la práctica se coloca en el pie. En las aplicaciones móviles, la declaración puede estar en el sitio web de la entidad y enlazarse desde la ficha de la tienda de aplicaciones o desde la propia app. La declaración debe mantenerse actualizada (el RD exige hacerlo como mínimo una vez al año): cada revisión de accesibilidad, cada cambio relevante del sitio y cada modificación del contenido no accesible obliga a revisarla; una declaración que lleva años con la misma fecha es una señal de incumplimiento.
Error frecuente
Copiar la declaración de otra entidad y dejar el texto genérico, sin listar los incumplimientos reales ni la fecha de la evaluación. El seguimiento del Observatorio y cualquier reclamación comienzan por la declaración; una declaración que no coincide con la realidad del sitio es un incumplimiento en sí misma.
El mecanismo de comunicación
El RD obliga a cada entidad a ofrecer un mecanismo de comunicación, accesible y fácil de encontrar, que permita a cualquier persona:
- Comunicar que el sitio o la app incumple requisitos de accesibilidad (por ejemplo, que un formulario no se puede rellenar con teclado).
- Solicitar información accesible: pedir en formato accesible un contenido que está excluido o no es accesible, o informarse sobre el contenido excluido.
- Presentar una queja sobre el cumplimiento del RD.
El mecanismo suele implementarse como un formulario electrónico en la sede o en el portal, pero el RD exige que las vías sean accesibles para quien las necesita: un formulario inaccesible para comunicar inaccesibilidad es un contrasentido que el seguimiento detecta.
Las solicitudes de información accesible y las quejas tienen plazo: el RD fija veinte días hábiles para responder (tras la STC 100/2019, de aplicación directa a la Administración General del Estado; las demás administraciones pueden fijar su propio plazo). Transcurrido ese plazo sin respuesta, o si la respuesta no es satisfactoria, la persona puede iniciar una reclamación, que se estudia en la lección 8, dedicada a quejas y reclamaciones.
La unidad responsable de accesibilidad
Cada entidad obligada debe designar una unidad responsable de accesibilidad (en la Administración General del Estado, al menos una por ministerio, y es habitual que otras administraciones la designen por consejería, diputación o ayuntamiento, o la compartan entre entidades pequeñas). La unidad responsable no tiene que ser quien corrige el código, sino quien garantiza el cumplimiento. Sus funciones principales son:
- Coordinar y promover la accesibilidad de los sitios y apps de su ámbito, y asesorar a los distintos servicios.
- Atender y responder las comunicaciones, solicitudes de información accesible y quejas, y resolver las reclamaciones.
- Realizar o impulsar las revisiones periódicas de accesibilidad y velar por que las declaraciones estén actualizadas.
- Elaborar informes: un informe anual sobre la atención de quejas y reclamaciones, informes de revisión de la accesibilidad e informes de seguimiento, que se remiten a los órganos de coordinación de cada administración y, a través de ellos, al Observatorio de Accesibilidad Web (se abre en una ventana nueva).
- Coordinarse con el órgano competente para el seguimiento nacional.
La identidad de la unidad responsable debe constar en la declaración de accesibilidad y la entidad debe comunicarla a los órganos de coordinación. En una auditoría de cumplimiento, pedir el nombre y los datos de la unidad responsable y el último informe que ha emitido es la forma más rápida de valorar la madurez de la entidad.
Punto clave
Las cuatro obligaciones de gestión están encadenadas: la unidad responsable realiza o encarga las revisiones; las revisiones alimentan la declaración; la declaración explica el mecanismo de comunicación; y lo recibido por el mecanismo se refleja en el informe anual de la unidad. Si uno de los eslabones no existe, el resto suele fallar.
Infografía · Ciclo
El circuito de cumplimiento del RD 1112/2018
Cada eslabón alimenta al siguiente y la unidad responsable coordina el ciclo completo
- Fase 1: RevisiónRevisión automática y manual experta, recogida en un informe
- Fase 2: DeclaraciónSituación de cumplimiento y contenido no accesible, al día
- Fase 3: ComunicaciónLa ciudadanía comunica fallos, pide información o se queja
- Fase 4: Respuesta y mejoraContenido accesible o alternativa, corrección y plazos
- Fase 5: Informe anualLa unidad responsable rinde cuentas a los órganos de coordinación
Tras la fase 5, el ciclo vuelve a empezar por la fase 1.
Leer la infografía como texto
Un ciclo de cinco fases que se repite de forma continua, coordinado por la unidad responsable de accesibilidad. Primera fase, revisión: se evalúa el sitio o la app con aspectos de revisión automática y manual experta, y el resultado se recoge en un informe de revisión. Segunda, declaración: con ese informe se actualiza la situación de cumplimiento y el contenido no accesible, como mínimo una vez al año. Tercera, comunicación: la ciudadanía usa el mecanismo para comunicar fallos, pedir información accesible o presentar quejas. Cuarta, respuesta y mejora: la entidad entrega el contenido accesible o una alternativa, corrige y fija plazos. Quinta, informe anual: la unidad responsable rinde cuentas a los órganos de coordinación. Lo aprendido vuelve a la revisión y el ciclo empieza de nuevo.
Revisiones periódicas e informes
El RD exige que las entidades revisen periódicamente la accesibilidad de sus sitios y apps. Dos ideas prácticas: las revisiones deben ser en profundidad (no solo automáticas) y abarcar una muestra representativa, siguiendo métodos como WCAG-EM (se abre en una ventana nueva) y el anexo C de la EN 301 549; y, en cuanto a la periodicidad, el RD habla de revisiones periódicas que respeten las condiciones mínimas de las revisiones en profundidad y solo fijó plazo para la primera (dos años para sitios web y tres para apps): la cadencia que fije la entidad es un suelo, no un techo. Los sitios que cambian a diario necesitan controles continuos: pruebas automáticas en cada despliegue, revisión manual de componentes nuevos y comprobación de cada documento publicado.
Los resultados de las revisiones se documentan en informes de revisión de la accesibilidad, que sirven para tres cosas: actualizar la declaración, planificar la corrección y alimentar los informes de seguimiento que cada administración remite al Observatorio. Para unificar formatos, el Observatorio publica plantillas y herramientas de informe de revisión que los auditores pueden reutilizar.
Ejemplo
Un ayuntamiento de 40.000 habitantes recibe por el mecanismo de comunicación una queja: el formulario de solicitud de cita para el padrón no indica los errores al enviarlo. La unidad responsable registra la queja, la traslada al proveedor del portal, responde a la persona en diez días hábiles con la fecha prevista de corrección y una vía alternativa (cita por teléfono), actualiza la declaración en el apartado de incumplimientos (3.3.1 Identificación de errores) y refleja el caso en su informe anual. Es el circuito completo.
Resumen
- El RD exige cumplimiento continuado de la EN 301 549 y lo rodea de obligaciones de gestión.
- La declaración de accesibilidad sigue el modelo de la Decisión (UE) 2018/1523: situación de cumplimiento, contenido no accesible en tres bloques, preparación, contacto y procedimiento de aplicación.
- El mecanismo de comunicación debe permitir comunicar incumplimientos, solicitar información accesible y presentar quejas, con respuesta en veinte días hábiles.
- La unidad responsable coordina, atiende quejas y reclamaciones, impulsa revisiones y emite informes anuales y de seguimiento.
- Las revisiones en profundidad alimentan la declaración y los informes; los sitios que cambian a menudo necesitan control continuo.
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