Lección 4 de 10 · 10 min de lectura · Revisado el 26/10/2026
EN 301 549: la norma europea y su relación con las WCAG
Cuando una ley española o europea dice «accesible», necesita una norma técnica que defina qué significa eso con precisión. Esa norma es la EN 301 549 (PDF, se abre en una ventana nueva), «Requisitos de accesibilidad para productos y servicios TIC». En ella se apoyan el RD 1112/2018 (PDF, se abre en una ventana nueva), la Ley 11/2023 (PDF, se abre en una ventana nueva) y los pliegos de contratación pública de toda Europa. En esta lección verás qué es, cómo se organiza y, sobre todo, cómo encaja con las WCAG.
Qué es y quién la publica
La EN 301 549 es una norma europea armonizada elaborada conjuntamente por los tres organismos europeos de normalización: ETSI, CEN y CENELEC. Nació en 2014 por mandato de la Comisión Europea (Mandato 376) para servir de referencia en la contratación pública de TIC, y desde 2018 es la norma armonizada que da presunción de conformidad con la Directiva (UE) 2016/2102 (PDF, se abre en una ventana nueva): si un sitio web cumple la EN 301 549, se presume que cumple la Directiva y, por tanto, el RD 1112/2018.
La versión vigente como norma armonizada es la v3.2.1 (2021-03), publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1339. ETSI publicó en septiembre de 2026 la v4.1.1, que incorpora WCAG 2.2 y se alinea con el Acta Europea de Accesibilidad (PDF, se abre en una ventana nueva), pero mientras su referencia no se cite en el Diario Oficial, la norma armonizada sigue siendo la v3.2.1. A diferencia de muchas normas técnicas, es gratuita: se descarga del sitio de ETSI (etsi.org). En España existe también como UNE-EN 301 549, adoptada por UNE.
Cómo se estructura
La norma cubre mucho más que la web. Sus capítulos reflejan esa amplitud:
| Capítulo | Contenido |
|---|---|
| 4 | Requisitos de rendimiento funcional: qué debe poder hacer una persona sin visión, con visión limitada, sin percepción del color, sin audición, sin habla, con manipulación o fuerza limitadas, con alcance limitado, con fotosensibilidad, con cognición limitada, con derecho a la privacidad. |
| 5 | Requisitos genéricos (p. ej. activación de funciones de accesibilidad, biometría, conservación de la información de accesibilidad en conversiones). |
| 6 | TIC con comunicación de voz bidireccional (telefonía, videoconferencia, texto en tiempo real). |
| 7 | TIC con capacidades de vídeo (subtítulos, audiodescripción). |
| 8 | Hardware (terminales, cajeros, teclados físicos). |
| 9 | Web: incorpora los criterios WCAG 2.1 de nivel A y AA. |
| 10 | Documentos no web (PDF, ofimática): aplica las WCAG por analogía. |
| 11 | Software, incluidas las aplicaciones móviles nativas: aplica las WCAG por analogía más requisitos propios. |
| 12 | Documentación y servicios de soporte (manuales, atención al cliente). |
| 13 | TIC de retransmisión o intermediación (servicios de relé) y acceso a servicios de emergencia. |
El anexo A contiene tablas que indican qué requisitos aplican a la Directiva 2016/2102, y la norma incluye además criterios de evaluación para cada requisito.
Relación con las WCAG
Aquí está la clave que debes retener. El capítulo 9 de la EN 301 549 no redacta requisitos nuevos para la web: incorpora por referencia los criterios de conformidad de WCAG 2.1 de nivel A y AA, con una numeración propia que añade el «9.» delante. Así:
- 9.1.1.1 Contenido no textual = WCAG 1.1.1
- 9.1.4.3 Contraste (mínimo) = WCAG 1.4.3
- 9.2.4.7 Foco visible = WCAG 2.4.7
- 9.6 recoge los requisitos de conformidad de las WCAG (página completa, procesos completos, etc.)
Los criterios AAA no se incluyen. Por tanto, para un sitio web, «cumplir la EN 301 549» equivale a «cumplir WCAG 2.1 nivel AA». Como vimos, WCAG 2.2 es compatible hacia atrás, de modo que un sitio conforme con 2.2 AA cumple el capítulo 9. En auditoría e informes conviene citar ambas numeraciones cuando el destinatario es una administración: «9.1.4.3 / WCAG 1.4.3 Contraste (mínimo)».
Punto clave
Para la web, la EN 301 549 es WCAG 2.1 AA con otro número delante. Lo que la norma añade es todo lo demás: documentos, software, apps nativas, hardware, telefonía, soporte y requisitos funcionales. Por eso es la referencia para la contratación pública de cualquier producto o servicio TIC.
Documentos y software: WCAG por analogía
Los capítulos 10 y 11 toman los mismos criterios WCAG y los adaptan a documentos no web (un PDF descargable, una hoja de cálculo) y a software (una app de iOS, un programa de escritorio). La adaptación sigue el documento WCAG2ICT del W3C: por ejemplo, donde las WCAG dicen «página web», se entiende «documento» o «software»; el criterio 2.4.2 Titulado de páginas se convierte en 10.2.4.2 (título del documento) y en 11.2.4.2, que para el software figura como «vacío», es decir, sin requisito. Algunos criterios se marcan como «vacíos» porque no tienen sentido fuera de la web; otros se complementan con requisitos específicos, como 11.7 (preferencias del usuario) o 11.8 (herramientas de autor).
Ejemplo
Una comunidad autónoma licita una aplicación móvil de cita previa sanitaria. El pliego exige «conformidad con la EN 301 549 v3.2.1, capítulo 11». Eso obliga al proveedor a cumplir, entre otros, 11.1.1.1 (alternativas textuales en la app), 11.2.1.1 (operable con teclado o equivalente, como el acceso por interruptores), 11.4.1.2 (nombre, función, valor de cada control) y 11.7 (respetar las preferencias de accesibilidad del sistema, como el tamaño de letra). La auditoría de aceptación se hará con VoiceOver y TalkBack contra esos requisitos.
Requisitos funcionales: el otro enfoque
El capítulo 4 merece atención porque ofrece una perspectiva complementaria: en lugar de criterios técnicos, describe resultados para las personas. «Uso sin visión», «uso con audición limitada», «uso con cognición limitada», «uso con privacidad» (que una persona ciega pueda introducir su PIN en un cajero sin que la escuchen). Son útiles cuando ningún requisito técnico cubre una situación y hay que decidir si un producto es accesible, y también para redactar pliegos orientados a resultados.
Error frecuente
Escribir en un pliego «cumplirá las WCAG» sin indicar versión, nivel ni norma de referencia, o pedir «nivel AAA» sin saber que muchos criterios AAA no pueden cumplirse en todos los contenidos. La redacción correcta es «conformidad con la norma UNE-EN 301 549 v3.2.1, lo que supone WCAG 2.1 nivel AA; se valorará la conformidad con WCAG 2.2 nivel AA».
Resumen
- La EN 301 549 es la norma europea armonizada de accesibilidad TIC, publicada por ETSI, CEN y CENELEC; la versión armonizada vigente es la v3.2.1 y es gratuita.
- Cumplirla da presunción de conformidad con la Directiva 2016/2102 y el RD 1112/2018, y es la referencia de la Ley 11/2023 y de la contratación pública.
- Cubre web (cap. 9), documentos (10), software y apps (11), hardware, telefonía, vídeo, soporte y requisitos funcionales (4).
- El capítulo 9 incorpora WCAG 2.1 A y AA con numeración «9.x.x.x»; cumplir WCAG 2.2 AA lo satisface.
- Los capítulos 10 y 11 aplican las WCAG a documentos y software siguiendo WCAG2ICT.
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